Configuración histórica de la provincia de Granada 125px 300pxProvincia de Granada thumb|300px|Sede de la Real Chancillería de Granada desde 1587, en plaza Nueva. La configuración actual de la provincia de Granada es fruto de un largo proceso de ordenación territorial que llegó a su culminación en 1833, mediante el decreto de provincialización promulgado por Javier de Burgos, Ministro de Fomento del gobierno de la regente María Cristina de Borbón. Hasta esta fecha lo que actualmente constituye la provincia de Granada estaba integrado dentro de los límites del llamado Reino de Granada.
Hay que remontarse a la cora de Elvira y a la taifa zirí de Granada como precedentes más significativos de lo que luego fue el reino nazarí de Granada, asimilado por la Corona de Castilla tras el final de la Reconquista (1492). Sin embargo, fue en el tránsito de la monarquía autoritaria de los Habsburgo a la absolutista de los Borbones cuando la organización territorial del Estado se convirtió en un tema recurrente y de gran importancia política. La concepción absolutista del estado fomentó el desarrollo de una serie de proyectos, bien de índole liberal bien conservadora, que sustituirán los antiguos reinos históricos de la Reconquista por las modernas provincias españolas.
El antiguo Reino de Granada será parte importante en este proceso dado el desequilibrio de su extensión superficial con respecto a otras provincias y la heterogeneidad interna, que dificultaban sobremanera su fiscalización y administración por parte del estado central. De esta forma, ya en 1799 se creó la provincia Marítima de Málaga, que agrupaba los partidos de la parte occidental del reino en torno a la clara capitalidad de Málaga, con una población de unos 50.000 habitantes en aquellos años. En los demás proyectos provincializadores, la capitalidad de Málaga fue una tónica constante.
El tamaño del Reino de Granada seguía siendo bastante desproporcionado y en el proyecto constitucional de Bauzá (1813) se empezó el diálogo sobre la necesidad de constituir una provincia en la zona más oriental del reino. En esta ocasión ni la capitalidad ni el deslinde de ambas provincias pudo ser una cuestión tan obvia como lo había sido el caso de Málaga. Se barajaron las opciones de Guadix y Baza como capitales de la nueva provincia, para finalmente, en la provincialización de Cortes de 1822, optar por la opción de Almería y desplazar la frontera hacia oriente, incluyendo por lo tanto las altiplanicies de Guadix y Baza-Huéscar en la provincia de Granada. Así, la división provincial de 1822, fue derogada por el restablecimiento del absolutismo en 1823, el territorio del antiguo reino de Granada era seccionado en tres provincias, quedando definida la provincia de Granada con sus límites prácticamente definidos en su estado actual, tan solo matizados con la ulterior y definitiva provincialización del motrileño Javier de Burgos (1833).
En el existe cierta concepción acerca de que la comunidad autónoma de Granada está separada de Andalucía. La nueva comunidad autónoma estaría compuesta por las provincias de Granada, Almería y Málaga. La concepción todavía no ha encontrado una respuesta.
Antecedentes thumb|300px|Límites del Reino nazarita de Granada, con la Frontera granadina. thumb|300px|El Reino de Granada sobre 1590. thumb|300px|Imagen de la Catedral de Guadix.
Aunque existieron circunscripciones territoriales anteriores, como la Cora de Elvira, que se convirtió en la Taifa de Granada con la descomposición del Califato de Córdoba en el año 1031; el nacimiento del Reino nazarí de Granada puede fijarse en el 1232, cuando Yusuf ben Nasri ‘Alhamar’ se proclamó Sultán de Granada.ESPINAR, 1995:78-80Para ver en detalle la formación del reino nazarí y su organización ver la tesis doctoral: BOLOIX, 2007
La superficie del Reino era de unos 34.000 km², algo superior a los 27.000 km² en los que quedaría configurado el Reino cristiano de Granada después de la Reconquista.FERRER, 2002:14 El Emirato o Sultanato de Granada se extendía sobre la totalidad de las provincias actuales de Granada, Málaga y Almería, además de zonas fronterizas de las provincias de Jaén y Cádiz.
La frontera entre la Corona de Castilla y el reino de Granada estuvo formada por un complicado sistema defensivo-ofensivo, establecido por el Pacto de Jaén y caracterizado por la construcción de fortificaciones paralelas al límite natural de los Sistemas Béticos,Rodríguez, 2000:205 salvo la excepción de las Sierras de Cazorla y Segura, donde estuvieron localizados el Adelantamiento de Cazorla y la Encomienda de Segura de la santiaguista, respectivamente, que conformaban la avanzadilla de los territorios de la Corona de Castilla.Para ver en mayor profundidad el papel desempeñado por la frontera granadina ver: RODRÍGUEZ, 2000
La extensión del Reino de Granada tras la Reconquista, quedó reducida a lo que hoy son las provincias de Málaga, Granada y Almería, salvo el partido de Antequera y los actuales municipios de sierra de Yeguas, Alameda y Cañete la Real, que pertenecían al antiguo Reino de Sevilla, donde los dos primeros quedaban encuadrados en el partido de Estepa y el último en el de Osuna. Por otra parte, las poblaciones de Puebla de Santa María (El Bosque), Setenil, Grazalema, Villaluenga del Rosario, Benaocaz, Ubrique y Alcalá del Valle, hoy en la provincia de Cádiz, y las de Solera y Bélmez de la Moraleda, que actualmente están integradas en la de Jaén, formaban parte del Reino granadino.FERRER, 2002:15
Esta demarcación era tan sólo administrativa y fiscal, pues el reino de Granada, incorporado a la Corona de Castilla, no tenía ningún tipo de atribución sobre sus límites o capacidad política de actuación o decisión autónoma, más allá de la vida municipal y el voto en Cortes. El territorio fue dividido en zonas o partidos de recaudación de rentas y derechos extraordinarios para la Corona, en algunos casos basados en las circunscripciones eclesiásticas existentes. De esta manera, se realizó la siguiente demarcación: 1. La ciudad de Granada con los partidos de la alcaicería, las rentas mayores y menores, corral del ganado, los diezmos y alquerías, la renta de la seda, las rentas de la Alpujarra, Almuñécar, Salobreña y Motril. 2. Partido de Baza. 3. Partido de Guadix. 4. Málaga y su obispado 5. Almería y su obispado.LAREDO QUESADA, 1992:221-222
Otra forma de recaudación de tributos extraordinarios -destinados a gastos militares- fueron las hermandades que tuvieron un importante desarrollo en el . Las numerosas empresas que acometieron Carlos I y luego Felipe II, provocaron un leve intento de organización territorial capitalizadas en las 17 ciudades que tenían representación en Cortes. En 1591,El primer censo conocido se realizó entre los años 1528-1536 y se le conoce como el Censo de los pecheros, aunque el Reino de Granada fue excluido de éste. Para una información más detallada ver: GARCÍA, 2007. se llevó a cabo una recopilación de bienes -conocido como el censo de Tomás González-,GARCÍA, 2007:4 donde Granada aparece como ciudad con representación en Cortes -será la ciudad número 18- y va a centralizar la "provincia"El término de "provincia" fue utilizado en el censo de Tomás González, aunque no tienen nada que ver con las provincia actuales del Reino de Granada en el cobro de impuestos entre sus distintas ciudades, villas, lugares y aldeas que la conformaban.LAREDO QUESADA, 1992:225-226
En las primeras fechas de la Edad Moderna, no existía un criterio único para la determinación de las entidades regionales dentro de la Corona de Castilla: Lucio Marineo SículoLucio Marineo Sículo en su Opus de rebus Hispaniae memorabilibus (Alcalá de Henares: 1530). (1500), a la hora de distinguir las distintas provincias españolas atiende a la provincialización romana, mientras que Pedro de MedinaPara una visión más detallada ver: GONZÁLEZ, 1944 (1548) realiza otra clasificación, en la que presenta al Reino de Granada diferenciado de Andalucía.LAREDO QUESADA, 1992:228-229 La creación de la Capitanía General de Granada y la definitiva instalación como Real Chancillería de Granada de la anterior Real Audiencia y Chancillería de Ciudad Real (1505), cuya jurisdicción incluía todo el territorio al sur del río Tajo –al norte competía a la Real Audiencia de Valladolid–, indica que tampoco desde el punto de vista político-administrativo había intención de realizar ningún tipo de integración regional -concepto anacrónico para la época- que asociara específicamente el Reino de Granada con la Andalucía del Guadalquivir.LAREDO QUESADA, 1992:242-244 En 1525 se creó la Real Audiencia de los Grados de Sevilla, de nivel competencial menor.
Reformas ilustradas thumb|300px|Partidos del Vecindario de Ensenada (1759): Provincia o Intendencia de Granada. La dinastía borbónica instaurada con la guerra de sucesión española (1700-1715), vino acompañada con un aire reformista generalizado a lo largo de todo el , denominado período ilustrado. La compleja organización del territorio heredado de los Austrias y de los largos procesos medievales de reconquista y repoblación, era arcaica e irracional en muchos aspectos, desproporcionada y a todas luces insuficiente para una monarquía absoluta con cada vez más necesidades económicas.LAREDO QUESADA, 1992:227 Entre las reformas emprendidas estuvo la realización de un estudio estadístico que permitió cuantificar los recursos del país y por lo tanto facilitó su fiscalización y explotación: el Catastro de Ensenada (1749), en el que se catastraron las 22 provincias de la Corona de Castilla, entre ellas la del Reino de Granada.MELÓN, 1949:131. Véase la lista de localidades del Reino de Granada según en Catastro de ensenada En este mismo año, el rey Fernando VI reordenó el sistema de intendencias, asignando uno a cada provincia, junto con el corregidor de la capital (cargos que volvieron a separarse en 1766). Cada intendente sería auxiliado por un teniente letrado o alcalde mayor subordinados, para el ejercicio de las funciones judiciales.KAMEN, 1964:381-382
También el proceso de provincialización fue una tónica en esta fase ilustrada que concluirá con el proyecto de Javier de Burgos en 1833. Es a partir de esta fecha, precisamente cuando las provincias que surgirán del antiguo Reino de Granada van a ser concebidas como parte de una entidad regional denominada Andalucía, junto con las provincias del Guadalquivir. La lejanía a los centros políticos de la meseta castellana, las distintas formas de repoblación con respecto a ella y el origen de la repoblación del reino granadino, serían algunas de las causas de la inclusión del antiguo Reino de Granada en los límites territoriales de ese nuevo concepto geográfico;LAREDO QUESADA, 1992:242 que, no obstante, se limitó a la agrupación nominal de las ocho provincias y a su asociación en los mapas, y no implicó la creación de ninguna institución común ni coordinación provincial, ambas cosas completamente ajenas al propósito de la división provincial.
Censo de Floridablanca (1789)