thumb|300px|Fachada principal, de estilo gótico, del Real Monasterio de Santa María de Guadalupe (Cáceres) donde el rey Fernando II de Aragón dictó la Sentencia arbitral que puso fin al conflicto remensa. La Sentencia Arbitral de Guadalupe fue una resolución jurídica dictada en el Monasterio de Santa María de Guadalupe, Extremadura, el 21 de abril de 1486 por Fernando el Católico para liberar a los campesinos remensas del Principado de Cataluña de los malos usos a los que los tenían sometidos sus señores feudales a cambio del pago de una indemnización.
Antecedentes thumb|300px|left|Iglesia de San Esteban de Madremaña donde se reunieron los síndicos remensas para deponer las armas y discutir la propuesta de concordia del rey Fernando II de Aragón. Tras su victoria en la batalla de Llerona de marzo de 1485, que puso fin a la segunda guerra remensa, las fuerzas realistas desataron una fuerte represión contra los remensas rebeldes ―entre otras medidas se les prohibió llevar armas―, pero no se consiguió pacificar la Montaña de Gerona ―que, en palabras de Vicens Vives, «seguía en pie de guerra»―, ni acabar con la tensión que se vivía en las comarcas vecinas como la de La Selva. Por su parte el gobernador Requesens, siguiendo las instrucciones del rey Fernando, optó por buscar el acuerdo con los remensas para conseguir la total pacificación del territorio y el 1 de abril permitió que estos se reunieran en asamblea en Madremaña. Allí los congregados acordaron deponer las armas y discutir la propuesta de concordia del monarca. Este nada más conocer la derrota de Pere Joan Sala, el líder remensa de la última guerra, había enviado una carta al lugarteniente de Cataluña en la que, sin dejar de abogar por el castigo de los líderes de los insurrectos ―los «conduzidores de la facción»―, apoyaba la vía del compromiso para poner fin al pleito remensa:
El rey, que se encontraba en Sevilla, encargó a Lluís Margarit, sobrino del obispo de Gerona Joan Margarit, que fuera a Cataluña para conseguir que los señores y los remensas llegaran a un acuerdo partiendo de la concordia rubricada por los síndicos remensas en enero de 1485. Margarit, que llegó a Barcelona a finales de abril, se reunió el 9 o el 10 de junio en el castillo de San Gregorio, que era de su propiedad, con los caudillos remensas de la Montaña, entre los que se encontraban Francesc de Verntallat y Pere Antoni de Viloví de Oñar. Cinco días más tarde, el 15 de junio, tenía lugar una segunda asamblea en Cassá de la Selva en la que se concretó el acuerdo. Este sería presentado a los jurados de las tres ciudades cabeza de obispado (Barcelona, Gerona y Vich) para que mediaran ante los señores y para que supieran que «los payeses querían la justicia». Pero las conversaciones que mantuvieron representantes de los remensas y de los señores en Barcelona no dieron ningún resultado ―según el lugarteniente Enrique de Aragón los síndicos remensas pedían cosas «deshonestas e indebidas»―. Además los consejeros de Barcelona escribieron el 27 de junio al rey acusando a Margarit de no ser imparcial y de alentar la rebelión remensa.
La falta de acuerdo incitó a los remensas radicales contrarios a la vía del compromiso. Así entre finales de junio y principios de julio de 1485, cuando la ruptura de las conversaciones de Barcelona era ya un hecho, un grupo de remensas encabezados por Bartolomé Sala saqueó la villa de Moncada, mientras que otro grupo, tras intentar tomar del castillo de Anglés, se apoderaba del castillo de Hostoles. Unos días más tarde un tercer grupo procedente de Llagostera compuesto por unos treinta hombres atacaba por dos veces consecutivas el monasterio de San Felíu de Guixols. Por esas mismas fechas bandas remensas asaltaron Calonge y Castellfullit de la Roca. Estos grupos remensas violentos tenían sus bases de operaciones en los condados de Rosellón y de Cerdaña, entonces en posesión del reino de Francia, por lo que el lugarteniente de Cataluña le pidió al gobernador de los condados que actuara contra ellos, pero no obtuvo ningún resultado. Por su parte, Margarit siguió intentando el acuerdo y volvió a reunirse con los líderes remensas de la Montaña el día 20 de julio en Viloví de Oñar. Una segunda reunión tuvo lugar el 20 de agosto en Amer. Allí se eligieron los síndicos remensas que irían a la corte pero estos finalmente no pudieron ir a causa de la negativa del Consejo Real y del lugarteniente a proporcionarles los salvoconductos para el viaje y el permiso para que pudieran recaudar el dinero necesario para el mismo, además de rechazar otras peticiones que Margarit había presentado en su nombre.
Ante el fracaso de la misión de Margarit el rey Fernando II decidió enviar a Cataluña al noble castellano don Iñigo López de Mendoza, «persona comuna y sin passion, con instrucciones y cartas assi para los senyores como para los pagesses, para darles una ultima peremptoria fadiga por traerles a la firma del compromis, pues aquel es el solo útil remedio para las partes desta negociacion», en palabras del propio rey Fernando. Llegó a Barcelona a principios de octubre de 1485.
Por aquellos días estaba operando por la veguería de Gerona una partida compuesta por unos 60 hombres encabezados por Narciso Goxart cuya acción más destacada había sido la toma del castillo de Palau de la Tor, que los remensas moderados consiguieron recuperar el 6 de octubre. También estaba actuando el grupo de Bartolomé Sala que había tomado Castellbell y después ―probablemente el 21 de octubre― había atacado la fortaleza de Monistrol, de la abadía de Montserrat. Al conocer el ataque el lugarteniente, tras calificar a los remensas de «malhechores, homicidas, ladrones y despobladores», había ordenado la convocatoria del somatén y recabado del Consejo de Ciento la intervención de la Bandera de Barcelona.
Pocos días después de llegar a Barcelona López de Mendoza se reunió con los brazos eclesiástico y nobiliario a los que hizo llegar los deseos del rey para que se alcanzase a un acuerdo, única forma según el monarca de poner fin al conflicto. Después de arduas negociaciones los dos brazos firmaron el 28 de octubre el compromiso, con algunas salvaguardias. Pocos días antes López de Mendoza había partido de Barcelona hacia Gerona para entrevistarse con los síndicos remensas. Por el camino, en San Celoni, se reunió con Bartolomé Sala consiguiendo que este devolviera la fortaleza de Castellbell, quedando esta en tercería ―un acuerdo que fue muy criticado por los señores y por el Consejo de Ciento partidarios de acabar con el conflicto recurriendo al uso de la fuerza―.
thumb|200px|right|Placa Conmemorativa del 500 aniversario de la asamblea de Amer del 8 de noviembre de 1485 en la que los delegados de los remensas aceptaron el arbitraje del rey Fernando II en su conflicto con los señores feudales. El 8 de noviembre tuvo lugar en Amer la reunión de López de Mendoza con los delegados de los remensas ―entre los que se encontraba Francesc de Verntallat― quienes volviendo a confiar en la corona, a pesar de la decepción sufrida por el fracaso de la misión de Margarit, firmaron el compromiso que dejaba en manos del rey la solución definitiva del conflicto. Además López de Mendoza consiguió que retornaran los castillos y fortalezas que todavía se hallaban en su poder ―una veintena― y que se comprometieran a perseguir a los remensas que cometieran robos y otros excesos, devolviendo a los señores los bienes muebles de los que se hubieran apoderado. También se acordó en Amer que se reunirían de nuevo en Olot el 22 de noviembre para elegir allí a los síndicos remensas que irían a la corte ―«irían al rey»― para discutir y firmar el acuerdo final. «Mucho había avanzado Mendoza en pocos días, y aunque sus negociaciones se beneficiaran de los sembrado poco antes por Margarit, es de justicia reconocer que el noble castellano puso a contribución del éxito un trabajo incansable y una inteligencia expeditiva y desapasionada», comenta Vicens Vives. Tras el acuerdo de Amer ya solo unas pocas partidas remensas siguieron actuando ―las encabezadas por Narciso Goxat, Pedro Vila y Francisco Sala, hijo de Pere Joan Sala―.
Las duras negociaciones en la corte entre los síndicos remensas, los representantes de los señores y los oficiales de la Corona ―representada esta última habitualmente por el vicecanciller de Aragón Alfonso de la Cavalllería, en estrecho contacto con el rey― duraron tres meses, desde principios de enero a principios de abril de 1486. La solución final al conflicto remensa dictada por el rey Fernando fue hecha pública el 21 de abril de 1486 cuando la corte se encontraba en el monasterio de Guadalupe camino de Andalucía. Fue conocida como la Sentencia Arbitral de Guadalupe.
La sentencia La sentencia constaba de dos partes. En la primera, capítulos 1 al 17, se desarrollaba la sentencia propiamente dicha en la que se declaraban abolidos los malos usos y el resto de abusos sufridos por los remensas y se establecía también la nueva situación jurídica del payés respecto a su señor; en la segunda parte, capítulos 18 al 24, se referían las medidas que el rey dictaba para liquidar completamente la segunda guerra remensa, como el castigo de los «contumaçes» que todavía venían alterando el orden en el campo catalán.
En la primera parte de la sentencia se declaraba «la abolición, extinción y aniquilación» de los seis malos usos (remensa, intestia, cugucia, exorquia, ársia y firma de espoli forzada), calificados como una «iniquidad evidente» (artículo 1.º). Y también se declaraban abolidos otros abusos señoriales como el derecho de maltratar o ius maletractandi (artículo 6.º), el ius primae noctis, el didatge (la obligación de la esposa del remensa que ha acabado de dar a luz de ser ama de crianza del hijo recién nacido del señor), ous de cogul y derecho de flassada, así como la prohibición de vender grano, vino y otros productos sin permiso del señor (artículo 9.º). Asimismo quedaban abolidos los trabajos que el campesino tenía que hacer para el señor (joves, batudes, jornals, podades, femades, segades, tragines, etc.) y un largo número de derechos difíciles de identificar (poll de astor, pa de ca, brocadella de cavall, cussura, etc.), todos ellos enumerados en el artículo 10.
Como compensación por la supresión de los malos usos, los señores recibirían de los campesinos 60 sueldos por cada mas, a razón de 10 sueldos por cada mal uso. «Suponiendo que existían 20.000 hogares remensas, la cantidad máxima a desembolsar por los payeses ascendía, por tanto, a unas 6.000 libras barcelonesas, suma no despreciable considerada en conjunto, pero condigna del beneficio económico y humano que recibían los campesinos», comenta Jaume Vicens Vives.
Con esta parte de la sentencia los campesinos veían garantizada su libertad personal y quedaban libres de cualquier abuso de los señores, por lo que podían vender, comprar, enajenar o permutar sus bienes muebles y las tierras que hubieran adquirido por su cuenta sin necesidad de contar con el permiso del señor. En cuanto a las tierras del mas sobre las que el señor tenía derechos el campesino venía obligado a reconocerlos prestándole homenaje, aunque ahora ya podía abandonarlas llevándose sus bienes muebles y tras haber saldado sus deudas con el señor. Si el campesino prefería quedarse se le reconocía el derecho a cultivar las tierras indefinidamente siempre que pagara los censos y otros derechos correspondientes al señor y mantuviera la fidelidad que le había jurado.