La Organización Médica Colegial de España (OMC) es la corporación de derecho público para la corregulación de la profesión médica española. Es el organismo que representa a los médicos colegiados de España, actuando como salvaguarda de los valores fundamentales de la profesión médica: la deontología y el código ético.

El órgano directivo máximo de la OMC es el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) que agrupa, coordina y representa a los 52 Colegios Oficiales de Médicos de España a nivel nacional e internacional, y tiene como función la representación exclusiva, la ordenación y la defensa de la profesión médica.

La sede se encuentra en un edificio situado en la plaza de las Cortes n.º 11, en Madrid

Órgano Directivo de la OMC 1. El Órgano Directivo de la OMC está compuesto por: La Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. La Asamblea General. 2. El Pleno del Consejo General es el máximo órgano consultivo y de asesoramiento de la institución.

Comisión Permanente del CGCOM + Médicos colegiados por edad y sexo en 2020Profesionales Sanitarios Colegiados 2020. Instituto Nacional de Estadística. 31/12/2020 Intervalo de edad Total Hombres Mujeres Total 276.192 131.901 144.291 Menores de 35 años 54.376 17.817 36.559 De 35 a 44 años 49.921 17.046 32.875 De 45 a 54 años 47.391 18.944 28.447 De 55 a 64 años 67.666 36.213 31.453 De 65 a 69 años 27.223 17.957 9.266 De 70 y más años 29.615 23.924 5.691 No consta 0 0 0 La Comisión Permanente tiene como funciones la dirección, gestión y administración dentro del Consejo General. Desarrolla y ejecuta los acuerdos adoptados por la Asamblea General, tramita los asuntos administrativos y de gestión diaria del Consejo General, y se encarga de la organización administrativa y de la dirección de los órganos internos de gestión del Consejo General y del personal.

Compuesta actualmente por:CGCOM Comisión permanente. Consultado el 11/01/2022. Presidente: Tomás Cobo Castro Vicepresidente 1.º: Mª Isabel Moya García Vicepresidente 2.º: Manuela García Romero Secretario general: José María Rodríguez Vicente Vicesecretaria: Mª Rosa Arroyo Castillo Tesorero: Enrique Guilabert Pérez

Asamblea General La Asamblea General es el máximo órgano rector del Consejo General y está integrada por todos los presidentes de los Colegios Oficiales de Médicos, por los miembros de la Comisión Permanente, por los representantes nacionales de las secciones colegiales y por los representantes de la Universidad, de las sociedades científicas y de otras entidades médicas que, con voz pero sin voto, la propia Asamblea acuerde incorporar.

Pleno del Consejo General El Pleno del Consejo General estará compuesto por los presidentes o vicepresidentes, en su caso, de los Consejos Autonómicos, los miembros de la Comisión Permanente y los Representantes Nacionales de las secciones colegiales.

Vocalías La secciones colegiales o grupos profesionales reúnen a los colegiados en diferentes vocalías, según la modalidad y la forma de ejercicio profesional que realizan.

"Estas vocalías tienen como misión asesorar sobre los asuntos de su especialidad, así como llevar a cabo estudios y propuestas sobre los temas de su competencia, para lo que se han creado grupos de trabajo específicos."

Representantes nacionales de:Representantes Nacionales. CGCOM. Consultado el 11/11/2021. Atención primaria rural: Hermenegildo Marcos Atención primaria urbana: Vicente Matas Aguilera Medicina privada: Manuel Carmona Médicos de administraciones públicas: Sonsoles Castro Herranz Médicos de hospitales: Pilar Sánchez Conde Médicos jóvenes y promoción de empleo: Domingo Antonio Sánchez Martínez Médicos jubilados: Ricard Gutiérrez Martí Médicos tutores y docentes: Francesc Feliu Villaró

Publicaciones La OMC publica regularmente libros y revistas que permiten actualizar la información y la formación de los médicos españoles sobre asuntos profesionales. Además, elabora una serie de estudios, documentos e informes de interés profesional.

Libros Guías de Buena Práctica Clínica Guías de Ética en la Práctica médica Clasificación terminológica de actos y técnicas médicasClasificación terminológica de actos y técnicas médicas. Nomenclátor. Organización Médica Colegial.

Revistas Revista OMC Diario digital Médicos y Pacientes

Historia Antecedentes miniaturadeimagen|Reglamento del Colegio Médico-Farmacéutico del partido de Alcalá de Henares (1892). En el artículo 80 de la Ley de Sanidad de 1855 se estable la organización de jurados médicos y de calificación, con potestad disciplinaria y deontológica sobre los profesionales en la capital de cada provincia.Ley de Sanidad de 28 de noviembre de 1855. Gaceta de Madrid. 07/12/1855; (1068):1-2.

La inicial estructuración de lo que iban a ser los Colegios de Médicos de España se encuentra en el reglamento aprobado por Alfonso XII, en cédula de 3 de diciembre de 1875, por la que se obligaba a incorporarse a ellos a todos los médicos que ejerciesen en Madrid y en los Reales Sitios.

Tras diversos avatares, se fundan en España en 1894 los primeros colegios médicos. La obligatoriedad de la colegiación suscitaba encendidos debates, punto este contestado por sectores significativos de la profesión médica, que lo consideraban una injerencia inadmisible en la libertad de ejercicio.

Finalmente el 12 de abril de 1898, a propuesta del entonces ministro de la Gobernación Trinitario Ruiz Capdepón, con el acuerdo del Consejo de Ministros, la reina regente María Cristina sancionó un real decreto por el que se aprobaba el Estatuto para el Régimen de los Colegios de Médicos, en el que se establecía el carácter obligatorio de la colegiación médica. Este estatuto comprendía nueve capítulos, con 73 artículos, 8 disposiciones transitorias y una final. En el artículo primero se establecía la existencia en todas las capitales de provincia de un Colegio de Médicos, y en el tercero que para ejercer la medicina era indispensable estar inscrito en el colegio donde el facultativo tuviese su residencia habitual, para lo cual la octava disposición transitoria concedía un plazo de un año desde la organización de la Junta de Gobierno. Las disposiciones transitorias determinaban que los Colegios de Médicos tenían que constituirse a la mayor brevedad. Para ello el gobernador de cada provincia debía nombrar una junta interina, formada por 7 médicos residentes en la capital, a uno de los cuales se le designaría como presidente y a otro como secretario. Esta junta sería la encargada de formar las listas de electores y de elegibles y de convocar las elecciones para la inicial junta de Gobierno.R.O. de 12 de abril de 1898, se constituyen los Colegios de Médicos. Gaceta de Madrid. 15/4/1898; (105):195-200.

La colegiación obligatoria estuvo debatiéndose entre 1898 y 1900, y finalmente, con el consenso de todas las partes implicadas, queda definitivamente instaurada en 1917.R.D. de 15 de mayo de 1917, disponiendo se establezca el Colegio del Príncipe de Asturias, un establecimiento para los huérfanos de Médicos pobres. Gaceta de Madrid. 17/5/1917; (137):435-6.

Creación de la Organización Médica Colegial thumb|Julián Calleja y Sánchez.

Desde 1893 el sentimiento de gran parte de la profesión médica era la necesidad de reunirse en torno a un colegio profesional. Como parece lógico pensar, la Organización Médica Colegial (OMC) se instaura después de la constitución de los distintos colegios provinciales. Desde Zaragoza y Burgos se propone que se cree un Colegio Central, cuya sede estaría en Madrid, con la misión de fallar en último recurso entre los compañeros asociados, así como en los conflictos de las Juntas de distrito y provinciales. El colegio de Sevilla en 1899 propone una reunión nacional de colegios en Madrid con un programa específico de debates. Entre los temas a tratar se encuentran la conveniencia de realizar un congreso sobre Deontología Médica (que se celebraría en 1903), la colegiación obligatoria, algunos aspectos de la Ley de Sanidad y la inamovilidad de los médicos titulares. La reunión se celebró finalmente el día 1 de febrero de 1900, auspiciada por Julián Calleja y Sánchez, presidente del Colegio de Médicos de Madrid, con una duración de tres días, acudiendo 46 de las 49 provincias invitadas. Queda designado el colegio de Madrid como representante de todos los colegios nacionales.

Durante ese decenio y el siguiente, las distintas sociedades científicas fueron organizando asambleas nacionales en el citado Colegio. El 15 de mayo de 1917, se crea por real decreto el Colegio Príncipe de Asturias para Huérfanos de Médicos, en la calle El Pilar de Zaragoza, lo que fomentará la unión entre colegios provinciales, pues deben ponerse de acuerdo en cuanto a la participación en sus cuotas.

Otro intento de reunir a las juntas directivas de los Colegios de Médicos se programó para octubre de 1918, coincidiendo con el Congreso Nacional de Medicina, pero la epidemia de gripe impidió su celebración, y hasta el día 26 de enero de 1919 no se celebra una Asamblea de Juntas Directivas. De aquella Asamblea, a la que acuden representantes de 33 provincias, se concluye con cuestiones relativas a médicos titulares y pensiones para familias de médicos fallecidos en la reciente epidemia, creándose un comité ejecutivo con residencia en Madrid y encabezado por Augusto Almarza, y emplazando otra asamblea para el otoño de ese año.

En esta nueva reunión se plantea más formalmente la creación de la Federación u organización armónica de todos los Colegios de Médicos. A petición de su colegio, se celebra en Valencia el 6 de noviembre de 1920 la Asamblea de los Colegios de Médicos de España, creándose por fin la Federación de los Colegios de Médicos de España, integrada por Confederaciones Regionales, cada una de ellas con un representante, cuyo conjunto formará el Directorio Nacional.

thumb|200px|José Sanchís Bergón, primer presidente de la OMC de España Durante 1921 se celebraron dos Asambleas, la primera en junio en Madrid y la otra en Barcelona en el mes de noviembre, siendo los temas tratados las relaciones de las Juntas de Gobierno y Patronato de Médicos Titulares, el ejercicio de los médicos extranjeros, intrusismo y curanderismo.

Dictadura de Miguel Primo de Rivera (1923-1930) Durante los años siguientes, la Federación fue adecuando por medio de sus estatutos la relación disciplinaria entre el Colegio y los colegiados, y la relación entre el Estado y los Colegios, en lo referente a su capacidad sancionadora. El 2 de abril de 1925 se publican unos nuevos estatutos, donde aparece el Jurado Profesional de los Colegios de Médicos, el cual será elegido en las asambleas generales por el voto de todos los Colegios, siendo renovado total o parcialmente cada dos años, y dando notificación de ello al ministro de Gobernación y al director general de Sanidad.R.D. de 2 de abril de 1925, Estatutos de los Colegios oficiales de Médicos. Gaceta de Madrid. 5/4/1925; (95):106-9.

El Jurado Profesional constituirá el Consejo General de los Colegios de Médicos, representando el lazo de unión entre ellos. Como primera acción convoca en noviembre de 1925 la V Asamblea de Directivas de Colegios de Médicos de España, en la cual se establece que serán cinco representantes los elegidos en votación para el Jurado Profesional y otros cinco suplentes, eligiendo presidente en segunda votación entre los cinco electos; en esta ocasión son designados Pérez Mateos de Murcia, Blanc Fortacín de Madrid, Jimeno Riera de Zaragoza, Crespo de Zamora, de la Roca de Sevilla, del Río de Jaén, Aranda de Cádiz, Miguez de Cáceres y Soler de Tarragona.

En la VII Asamblea, celebrada en Sevilla en octubre de 1927, es investido presidente José Pérez Mateos, presidente del Colegio de Murcia. A partir de este momento y de forma progresiva se va sustituyendo la denominación de Federación por la de Consejo General de Colegios de Médicos.