thumb|350 px|right|Palacio de la Paz en La Haya La responsabilidad de mando, a veces conocida como el estándar Yamashita o estándar de Medina, y también conocido como responsabilidad de los superiores, es la doctrina de la rendición de cuentas jerárquica en los casos de crímenes de guerra.Guilty Associations: Joint Criminal Enterprise, Command Responsibility, and the Development of International Criminal Law by Allison Marston Danner and Jenny S. Martinez, September 15, 2004Command Responsibility - An International Focus by Anne E. Mahle, PBSCommand, superior and ministerial responsibility by Robin Rowland, CBC News Online, May 6, 2004Superior responsibility (Prosecutor v. Popović et al, ICTY TC II, 10 June 2010 (case no. IT-05-88-T). p. 511)

La doctrina de la "responsabilidad de mando" fue establecida por las Convenios de La Haya, IV (1907) y X (1907) y se aplicó por primera vez por el Tribunal Supremo de Alemania después de la Primera Guerra Mundial en el juicio de Emil Muller (1921). by Iavor Rangelov and Jovan Nicic, Humanitarian Law Center, February 23, 2004The Contemporary Law of Superior Responsibility by Ilias Bantekas American Journal of International Law, No 3 July 1999Joint Criminal Enterprise and Command Responsibility by Kai Ambos, Professor of Criminal Law, Criminal Procedure, Comparative Law and International Criminal Law at the University of Gotinga; Judge at the State Court (Landgericht) Gotinga, Journal of International Criminal Justice, originally published online on January 25, 2007

El "estándar Yamashita" se basa en el precedente establecido por la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso del general japonés Tomoyuki Yamashita. Fue procesado en el año 1945, en un juicio que sigue siendo controvertido, por las atrocidades cometidas por las tropas bajo su mando en Filipinas. Yamashita fue acusado de "desconocer los actos ilegales del comando bajo su mando y de no cumplir con su deber como comandante para controlar los actos de sus miembros al permitirles perpetrar crímenes de guerra."Command Responsibility and Superior Orders in the Twentieth Century - A Century of Evolution by, Stuart E Hendin, Murdoch University Electronic Journal of LawThe Yamashita standard Sugamo and the River Kwai By Robin Rowland, Paper presented to Encounters at Sugamo Prison, Tokyo 1945-52, The American Occupation of Japan and Memories of the Asia-Pacific War, Princeton University, May 9, 2003 The Yamashita Standard by Anne E. Mahle, PBS

El "estándar de Medina" se basa en el procesamiento del año 1971 del capitán del Ejército de los Estados Unidos Ernest Medina en relación con la masacre de Mỹ Lai durante la guerra de Vietnam. Sostiene que un oficial al mando, consciente de los derechos humanos, en una violación o un crimen de guerra, serán penalmente responsables cuando no tomen las medidas para evitarlos. Sin embargo, Medina fue absuelto de todos los cargos.The Medina standard Human Rights and the Commander By Barry McCaffrey, autumn 1995 The My Lai Massacre: A Case Study By MAJ. Tony Raimondo, Human Rights Program, School of the Americas, Fort Benning, Georgiahttp://www.upi.com/Audio/Year_in_Review/Events-of-1971/12295509436546-1/#title "1971 Year in Review, UPI.com"

Origen

Desarrollo de la responsabilidad thumb|250px|left|Hagenbach en el juicio, del Berna Chronik des Diebold Schilling dem Älteren.

En El arte de la guerra (chino tradicional: 孫子兵法, chino simplificado: 孙子兵法, pinyin: sūnzĭ bīngfǎ), literalmente «Estrategia militar», por Sun Tzu, escrito durante el , Sun Tzu argumentó que era el deber de un comandante asegurarse de que sus subordinados se comportaran de una manera civilizada durante un conflicto armado. El juicio de Peter von Hagenbach por un tribunal ad hoc del Sacro Imperio Romano Germánico en el año 1474, fue el primer proceso en "internacional" en el reconocimiento de las obligaciones de los comandantes de actuar legalmente.The evolution of individual criminal responsibility under international law By Edoardo Greppi, Associate Professor of International Law at the University of Turin, Italy, International Committee of the Red Cross No. 835, p. 531-553, October 30, 1999.Exhibit highlights the first international war crimes tribunal by Linda Grant, Harvard Law Bulletin. Pedro de Hagenbach fue llevado a juicio por las atrocidades cometidas durante la ocupación de Breisach. Fue declarado culpable de crímenes de guerra y decapitado.An Introduction to the International Criminal Court William A. Schabas, Cambridge University Press, Third Edition Desde que fue condenado por delitos "que como un caballero se considera que tienen el deber de impedir" Hagenbach se defendió con el argumento de que solo cumplía órdenesJudge and master By Don Murray, CBC News, July 18, 2002. del Breisach Duque de Borgoña, Carlos el Temerario, a quien el Santo Imperio Romano le había dado Breisach.The Perennial Conflict Between International Criminal Justice and Realpolitik February 10, 2006 Draft by M. Cherif Bassiouni -Distinguished Research Professor of Law and President, International Human Rights Law Institute, DePaul University College of Law, To be Presented March 14, 2006 as the 38th Henry J. Miller Distinguished Lecture, Georgia State University College of Law, and to appear in the Georgia State University Law Review A pesar de que no había un uso explícito de la doctrina de la "responsabilidad de mando" es visto como el primer juicio sobre la base de este principio.Command Responsibility The Mens Rea Requirement, By Eugenia Levine, Global Policy Forum, February 2005

Durante la guerra civil estadounidense, el concepto es desarrollado aún más, como se ve en el "Código Lieber." Esta rendición de cuentas fue regulada mediante la imposición de responsabilidad penal a los comandantes de ordenar o alentar a los soldados para herir o matar a los enemigos ya incapacitadas.

Los Convenios de La Haya, IV (1907) fueron el primer intento de codificar el principio de responsabilidad de mando a nivel multinacional. No fue hasta la Primera Guerra Mundial después de la que Comisión las potencias aliadas sobre la responsabilidad de los autores de la guerra y de la imposición de sanciones recomendó el establecimiento de un tribunal internacional, que juzgara a las personas por "orden, o con conocimientos para poder para intervenir, se abstuvieran de prevenir, o de tomar medidas para prevenir, para poner fin a la represión, violaciones de las leyes o costumbres de guerra."

Introducción de responsabilidad por omisión

La responsabilidad de mando es un modo de omisión de la responsabilidad penal de las personas: el superior es responsable de los delitos cometidos por sus subordinados y por no prevenirlos o castigarlos (a diferencia de los crímenes que ordenó). In Re [En lo que respecta a] Yamashita ante una Comisión Militar de Estados Unidos, el general Yamashita se convirtió en el primero en ser acusado únicamente sobre la base de responsabilidad por omisión. Fue Comandante del Ejército del Área 14 del Japón en Filipinas, cuando algunas de las tropas japonesas participaron en las atrocidades cometidas contra miles de civiles. Como comandante en jefe, se le acusó de "ilegalidad teniendo en cuenta que no estaba cumpliendo con su deber como comandante para controlar los actos de los miembros a su mando, permitiendo que cometieran crímenes de guerra."

Al encontrar culpable a Yamashita, la Comisión adoptó una nueva norma, que establece que, cuando "las acciones de venganza son delitos generalizados y no hay ningún intento efectivo por un comandante de descubrir y controlar los actos delictivos, como comandante puede ser considerado responsable, incluso penalmente". Sin embargo, la redacción ambigua ha dado lugar a un largo debate en el tiempo sobre la cantidad de conocimientos necesarios para establecer la responsabilidad del mando. La decisión fue apelada, y fue confirmada por la Corte Suprema de los Estados Unidos 'In re Yamashita 327 U.S. 1 (1946)327 U.S. 1 Full text of the opinion on Findlaw.com. Después de la sentencia Yamashita fue ejecutado.

165px|thumb|right|Tomoyuki Yamashita, 1945

Después In re Yamashita, los tribunales aceptaron claramente aceptado que el conocimiento real de un comandante de las acciones ilegales es suficiente para imponer la responsabilidad penal individual.

En el Juicio del Alto Mando, el Tribunal Militares en los Estados Unidos argumentó que para que un comandante sea penalmente responsable por los actos de sus subordinados "no debe ser una negligencia del personal", que "solo puede ocurrir cuando el acto es directamente atribuible a él o en su fracaso para supervisar adecuadamente a sus subordinados constituye una negligencia criminal por su parte", basado en "un sin sentido, indiferencia inmoral de la acción de sus subordinados que se convierte en aquiescencia."

En el Juicio Hostage, el Tribunal Militar de Estados Unidos parecía limitar las situaciones en las que un comandante tiene el deber de conocer los casos en que ya ha tenido alguna información respecto a las acciones ilegítimas de los subordinados.

Después de la Segunda Guerra Mundial los parámetros de la responsabilidad del mando se incrementaron y, por lo tanto, la imposición de responsabilidad a los comandantes en su fracaso para prevenir la comisión de crímenes cometidos por sus subordinados. Estos casos, en las últimas dos partes de los Juicios de Núremberg, se discutió explícitamente el necesario criterio de mens rea ("mente culpable"), y fueron unánimes al considerar que un menor nivel de conocimiento del conocimiento real puede ser más que suficiente para considerarlos culpables.

Codificación El primer tratado internacional que de forma exhaustiva codifica la doctrina de la responsabilidad del mando fue el Protocolo Adicional I ("PA I") del año 1977 a los Convenios de Ginebra del año 1949. El Artículo 86(2) establece que:

El Artículo 87 obliga a un comandante a "prevenir y, en caso necesario, reprimir y reportar a las autoridades competentes" toda violación de los Convenios y del PA I.

En el Artículo 86(2) por primera vez una disposición "aborda explícitamente el factor de conocimiento de la responsabilidad del mando."

Definiciones En el debate sobre la "responsabilidad de mando", el término "comando" se puede definir como:

A de iure de derecho (legal). Comandos, que pueden ser tanto militares como civiles. El factor determinante aquí no es el rango, sino la subordinación. Cuatro estructuras se identifican: Comando político: Jefe de Estado, altos funcionarios delgobierno, monarcas... Comando estratégico: Gabinete de Guerra, Estado Mayor Comando operacional: liderazgo militar; sobre Yamashita se estableció que la responsabilidad del mando operativo no puede ser cedido a los efectos de doctrina la responsabilidad del mando - los comandantes operacionales deben ejercer todo el potencial de su autoridad para evitar los crímenes de guerra y la falta de supervisión de sus subordinados o las órdenes no asertivas no exoneran el comandante. Comandos tácticos: mando directo sobre las tropas en el terreno La Jurisprudencia Internacional ha desarrollado dos tipos especiales de comandantes "de jure." Prisioneros de guerra (POW) Comandos de campo: el TPIY estableció en Aleskovski que a los comandantes del campo de prisioneros de guerra se les ha confiado el bienestar de todos los presos, y la subordinación, en este caso es irrelevante. Comandantes ejecutivos: suprema autoridad de gobierno en el territorio ocupado - la subordinación es una vez más irrelevante, su responsabilidad es el bienestar de la población en el territorio bajo su control, según lo establecido en el Alto Mando y los casos de rehenes después de la Segunda Guerra Mundial.

B De facto (de hecho) comando, cuyo control efectivo específico, a diferencia de un rango formal. Estos tienen una relación superior-subordinado. Las indicaciones son: Capacidad para emitir órdenes